III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: INADMISIBLE, el Recurso de Hecho, interpuesto por la abogada Adelaida Pérez Hernández, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana María Victoria Cepeda Barrios, contra el auto de fecha 11 de febrero de 2015, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante el cual, negó el recurso de apelación propuesto por la abogada Adelaida Pérez, co-apoderada judicial de la ciudadana María Cepeda, contra el auto dictado por ese Tribunal el 30 de enero de 2015, que negó lo solicitado por la profesional del derecho, supra identificada, mediante el cual solicitó sean ordenadas las costas procesales en la ejecución, toda vez qu.....