IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, no habiendo oposición y sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, declara bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para acreditar a los ciudadanos, ARTURO JOSE FIGUERA LOPEZ y ARTURO LUIS FIGUERA LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrosº V-18.504.933 y V-16.423.367 respectivamente, la cualidad de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, con vocación hereditaria sobre el acervo de bienes de la fallecida de la hoy de Cujus ZULEIMA ADARGISA LOPEZ RIVAS (+), quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.100.546,.....