Ante los razonamientos expuestos y vista la solicitud presentada por el ciudadano GODOFREDO MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-940.731, domiciliado en calle La Fe, casa S/N, del sector Pueblo Nuevo, de la ciudad de Tinaco, municipio Tinaco, estado Cojedes, y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelva: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al solicitante ciudadano GODOFREDO MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-940.731, el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías descrita en la solicitud presentada en fecha cinco (05) de noviembre de dos mil quince (2015), ubicada en calle La Fe, casa S/N, d.....