este Tribunal que la demanda presentada pore la ciudadana, Maria Virginia Lopez Parra madre de los niños (IDENTIDAD PROTEGIDA) contra el ciudadano: Freddy Beltran Colmenarez, por el motivo de la Obligación de Manutención, ha transcurrido más de un año, sin haberse ejecutado algún acto de procedimiento por las partes que diera impulso al proceso, siendo la última actuación procesal de fecha 31 de Octubre del año 2005, lo que tal situación encuadra en lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, considerando quién juzga ha operado en el presente caso la Perención de la Instancia. Y así se declara.
Y por cuanto en el presente caso la causa se encuentra paralizada, por falta de impulso procesal, procede perfectamente, a criterio de esta juzgadora y de oficio, la Declaración de la Perención de la Instancia, dando así cumplimiento a lo establecido en los Artículo 267 Y 269, ambos del Código de Procedimiento Civil. Y Así se decide.
En virtud de lo anterior, este.....