III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada Daisy García Mendoza, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 10 de noviembre de 2014, proferida por el tribunal de la causa. Segundo: REVOCA, la decisión de fecha 10 de noviembre de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante la cual, negó por improcedente, la solicitud de reposición de la causa, ordenando darle continuidad a la presente causa. En consecuencia, declara INADMISIBLE, la demanda por Daño Moral y Perjuicios, Costas Procesales y Honorarios Profesionales, interpuesta por los ciudadanos Mary Carmen Art.....