este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, Declara: Extinguida la Obligación de Manutención correspondiente a las ciudadanas Adriali Yomaira y Alianny Yanmary Sevilla León, ya identificadas, en consecuencia, se suspenden las medidas cautelares provisionales decretadas en fecha 11 de febrero de 2003, sobre el 25% del Sueldo, el 20% de la Bonificación de Fin de Año y el 25% de las Prestaciones Sociales. Ofíciese lo conducente al Jefe de Personal de la Alcaldía del Municipio Arismendi del estado Barinas. Asimismo, se acuerda designar correo especial al ciudadano Ali Oswaldo Sevilla, para el traslado y entregada del oficio. Así se decide.