Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 762 del Código de Procedimiento Civil DECRETA: SEPARADOS DE CUERPOS LEGALMENTE, a los ciudadanos MARIA YESENIA AULAR AULAR y ALEXIS JESUS DURAN SEQUERA, plenamente identificados en autos y en consecuencia, se suspende la vida en común de los casados de conformidad con lo establecido en los artículos 188 y siguientes del Código Civil Venezolano, por otra parte, HOMOLOGA los convenios establecidos entre las partes en cuanto a la GUARDA, RÉGIMEN DE VISITAS y OBLIGACION ALIMENTARIA, de la niña MARILEX DURAN AULAR, de un (01) año de edad, en los mismos términos establecidos por los ciudadanos MARIA YESENIA AULAR AULAR y ALEXIS JESUS DURAN SEQUERA, plenamente identificados, ya que esta sentenciadora observa que los acuerdos a que han llegado las partes, no son contrarios a derecho; versan sobre derechos disponibles y no lesionan derechos o int.....