Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, obrando de conformidad con el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 822 y 823 del Código Civil, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve: "DECLARAR BASTANTE", las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de los ciudadanos Nelson Alexander Méndez Pinto, Manuel Alejandro Méndez Pinto, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-20.042.596, V-20.042.690 respectivamente, los niños .............................. y ......................, de once (11) y un (01) años de edad, en su condición de hijos del causante, la cualidad que tienen de únicos y universales, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes del fallecido, quien en vida respondiera a.....