ESTE TRIBUNAL ADIMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA PRIMERO: Decretar el Sobreseimiento Definitivo a favor del ciudadano: (Se omite identidad de conformidad con lo dispuesto en el articulo5, paragrafo 2do de la LOPNA), de conformidad con lo dispuesto 318, numeral 3° del COPP, en concordancia con el artículo 48, numeral 8° ejusdem, el cual se aplica en concordancia con el artículo 561 literal "d" en concordancia con la Ley especial por remisión expresa del artículo 537 de la LOPNA. SEGUNDO: Se acuerda remitir la presente causa al archivo central una vez vencido los recursos de ley. ASÍ SE DECIDE. Termino, se leyó y conformes firman, siendo las 11:30 p.m.