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DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al ciudadano POLITO RODRIGUEZ MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.186.940, el derecho de propiedad sobre una bienhechuría edificada denominada "NUESTRA SEÑORA DE COROMOTO", que está constituida por una capilla, un (01) salón principal que es su templo, dos (02) salas de baño, una (01) sacristía, construidas con paredes de bloques frisadas, posee techo de acerolit, piso de cemento pulido, ventanas de hierro, 02 puertas de hierro, construida con dinero de su propio peculio, en un lote de t.....