Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara competente por la materia para conocer la presente solicitud formulada por el ciudadano Eleazar Licon Ascanio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.207.998, contra la ciudadana Soraida Rosa Figueredo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.990.020, el cual fue remitido a este órgano jurisdiccional por declinatoria de competencia del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, quien se declaró incompetente en razón a la materia para conocer la solicitud, y en consecuencia, se aboca al conocimiento de la misma. A tales efectos, se ordena la notificación de las partes de conformi.....