Con fuerza en la motivación anterior esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Martin Soto Reyes, en su carácter de Defensor Público Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 12 de febrero de 2009, por el Juzgado de Primera Instancia, en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal. En consecuencia, se CONFIRMA la decisión impugnada. Y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese esta decisión. Déjese copia autorizada de la misma. Notifíquese a las partes Remítase el presente cuaderno especial, anexo a oficio, al Juzgado de origen.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, a los NUEVE ( 09) del mes de marzo de dos mil nueve (2009). AÑOS: 197° de la Independencia y 148° de la Federaci.....