-IV-
DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana MARIELENA TERAN ORTEGA, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.776.346, el derecho de Posesión y Propiedad, sobre unas bienhechurías, ubicadas en el Sector "Menca de Leoni", calle Dr. José Carrillo Moreno cruce con Avenida 5 de Julio, casa N 51-50, Municipio Tinaco del Estado Cojedes. Cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones especifican debidamente en su petición, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de ter.....