Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera instancia en funciones de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena que el adolescente SEVILLA ENDER JOAN venezolano, de 18 años de edad, titular de la Cédula de identidad personal Nº-17.594.737, residenciado en Barrio Nuevo callejón la Planta N° 03 Segunda bodega, San Carlos Estado Cojedes, a cumplir la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de Dos (02) años, de conformidad con lo establecido en el articulo 583 en concordancia con los articulos 621,622 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual se iniciara en fecha 09 de Agosto de 2006, fecha en la cual será impuesto de la ejecutoria de la sanción, la cual culminara en fecha 09 de Agosto de 2008.
Notifíquese al adolescente SEVILLA ENDER JOAN y su r.....