REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
SECCION ADOLESCENTES
San Carlos, 08 de Agosto del 2.006.-
196° y 147°
Visto el oficio S/N, de fecha 04/08/06, emanado por la Doctora Carmen Ascanio Psiquiatra y Psicólogo Magdeleine Castellanos del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Cojedes, mediante el cual remite informe Psicológico y Psiquiátrico del Joven Adulto (IDENTIDAD QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65, PARAGRAFO 2DO DE LA LOPNA). quien se encuentra en el Centro Socio Educativo “Fray Pedro de Berjas”; y a quien se le sigue en la causa bajo el N° 1E-142-05, donde concluye y recomienda “Tratamiento Psicoterapéutico donde trabaje para suavizar su estructura yoica y de esa manera bajar sus exigencias, además de técnicas para mejorar el control de sus impulsos”; por lo que este Tribunal considera prudente incorporar al joven adulto sancionado a tratamiento psicoterapéutico por parte del equipo multidiciplinario; en consecuencia ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: Agregar informe a sus autos, así como oficiar a la Directora del Centro, con el objeto de que se le informe a la Psicólogo y a la Psiquiatra del mismo a los fines de que el joven sea incluido a tratamiento Psicoterapéutico. Así se decide.-
EL JUEZ EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN.-
GERMAN ALFREDO BREA ROJAS.-
LA SECRETARIA,
ABG. ANA MERCEDES BOSCAN.-
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
(Sctría).-
CAUSA N° 1E-142-05.-
GABR/AMB/vv
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