éste Tribunal le da todo el valor probatorio. Igualmente se observa que la Demandada no contesto la demanda, ni promovió prueba alguna. Y por cuanto la acción intentada no es contraria a derecho; éste Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando con la Competencia en el sistema de Protección del Niño y del Adolescente, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 8 y 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, se fija una OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN mensual y a favor de los niños (IDENTIDAD PROTEGIDA), equivalente al treinta por ciento (30%) del Sueldo Mensual que perciba el Demandante ciudadano FLORES EDWIN.- Dicha cantidad será descontada directamente por el patrono del trabajador, y aumentada automáticamente y de acuerdo a.....