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Decisiones del dia 08/01/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 11.212 N° Sentencia : Fecha: 08/01/2015
Procedimiento:
Acción Mero Declarativa De Concubinato
Partes:
MARÍA ELENA OLIVARES FERNÁNDEZ CONTRA JAVIER ANTONIO NOGUERA GUTIERREZ Y FREDDY NOGUERA OLIVARES.
Resumen:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción mero-declarativa de concubinato incoada por la ciudadana MARÍA ELENA OLIVARES FERNÁNDEZ, en referencia a la unión estable de concubinato que mantuvo con el De Cujus FORTUNATO RAMÓN NOGUERA RAMÍREZ desde el diez (10) de agosto del año mil novecientos setenta y seis (1976), hasta el día trece (13) de enero de dos mil doce (2012); y SEGUNDO: Esta unión concubinaria tiene todos los efectos del matrimonio, como lo son derechos patrimoniales y derechos sucesorales. Publíquese y regístrese, incluso en la página web de este Tribunal, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artícul.....
Juez/Ponente:
Yolimar Mayrene Camacho
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario
arriba

N° Expediente : 11.356 N° Sentencia : Fecha: 08/01/2015
Procedimiento:
Divorcio
Partes:
Resumen:
Por lo anterior, considera quien aquí decide que por falta de señalamiento en quien se va a citar y su dirección exacta aludido por la parte proponente de la demanda en su escrito libelar, y por cuanto la misma no llena los requisitos establecidos en el Artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal, sin prejuzgar sobre la admisibilidad de la demanda incoada así como sobre la eficacia probatoria de los recaudos acompañados, a los efectos de salvaguardar los derechos a la justicia y tutela judicial efectiva, consagrados en el artículo 26, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República de Venezuela, ordena a la demandante corregir el escrito libelar y hacer la aclaratoria en cuanto a los aspectos referidos, para lo cual se concede a la parte accionante un lapso de cinco (05) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación. Líbrese Boleta. Cúmplase lo ordenado. La Jueza (T), Abg. Esp. Yolimar Mayrene Camacho. La Secre.....
Juez/Ponente:
Yolimar Mayrene Camacho
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario
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