Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por Autoridad de la Ley, declara: ACEPTA LA COMPETENCIA que le fue declinada por el Juzgado de los municipios Tinaco y Lima Blanco de la circunscripción judicial del estado Cojedes, en su fallo producido en esta causa de fecha 12 de agosto de 2010, en consecuencia, resulta COMPETENTE por el territorio y por la cuantía para conocer de la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, incoada por el ciudadano RICARDO ANTONIO HIDALGO TORRES, asistido del abogado RAFAEL TOVIAS ARTEAGA ALVARADO, en contra del ciudadano SEMER AZIY IZZI y la empresa SEGUROS CARABOBO, C.A. Así se decide.-