Con fundamento en las razones expuestas, esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Con lugar la demanda de divorcio presentada por el ciudadano Aguirre Arteaga Gabriel Antonio, contra la ciudadana Yinet Rosalía Carrasquel Guevara y en consecuencia se disuelve el vinculo matrimonial que los unía, a partir de la publicación de la presente decisión. Se ratifican los acuerdos celebrados entre los progenitores sobre las instituciones familiares, homologado en fecha: 20 de mayo del 2009, por el Tribunal de mediación, ratificando que la patria potestad permanece en ambos progenitores así mismo la responsabilidad de crianza. Se advierte que las estipulaciones sobre instituciones familiares allí establecidas están sujetas a revisión judicial cuando hayan cambiado las condiciones existentes para el momento de la decisión. No se señalaron bienes a liquidar.