Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, HOMOLOGA la transacción celebrada por el abogado CARLOS EDUARDO MORATINOS REYES, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano ÁNGEL MIGUEL CONTRERAS ESCALONA, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos MARÍA ÁNGELICA, ÁNGEL MIGUEL, IRENE DEL CARMEN, YUJEIDI CAROLINA y MARYELIS ISABEL CONTRERAS GÓMEZ, por una parte y por la otra, el ciudadano JOSÉ PARENTE, en su carácter de Director de la sociedad de comercio TRANSPORTE VIAL, C.A. (TRANSVIAL, C.A.), parte demandada, asistido por el abogado MATÍAS RAFAEL PINO MENESINI, todos plenamente identificados en el presente juicio y acuerda tenerlo como sentencia pasada en auto.....