Penal SE ORDENA abrir el JUICIO ORAL Y PÚBLICO y se ordena EL ENJUICIAMIENTO del ciudadano CASTRO TOMAS ANTONIO, titular de la cédula de identidad N° 3.043.689, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 21-12-47, natural del Estado Guarico, comerciante, soltero, residenciado en Urb. Corozal, Vereda 13, calle 06, Tinaco Estado Cojedes, datos verificados por el Tribunal por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, Previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Organica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia cometido en perjuicio de: MARIA JOSEFINA PACHECO LOVERA. mediante auto que se dictará separadamente de conformidad con el artículo 331 del COPP. No hubo estipulaciones de las partes. Se emplaza a las partes para que un lapso de cinco (05) concurran por ante el Tribunal de Juicio. Se acuerda las copias simples solicitadas por la defensa. ASÍ SE DECIDE Es todo. Ofíciese lo conducente. Es todo. Termino, siendo las 4.....