Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR, la Solicitud que por Inserción de Acta de Nacimiento, incoara la ciudadana CARMEN LOLIMAR DIAZ y en consecuencia, en los Libros de Registro Civil para inserciones de Nacimiento correspondiente al año mil novecientos cincuenta y cinco (1955), llevados por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Tinaco del Estado Cojedes y el Registro Principal del Estado Cojedes, deberá hacerse la inserción de la presente Sentencia, para que le sirva de partida de Nacimiento a la ciudadana CARMEN LOLIMAR DIAZ. Así se decide.