IV.- DECISIÓN.-
Por los razonamientos de hecho y de derecho que han sido expresados, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, HOMOLOGA el Desistimiento del procedimiento solicitado por el ciudadano JOSÉ ALBERTO VILLEGAS MATUTE, parte actora en la presente causa, asistido por el abogado RICHARD SEGUNDO VARGAS GALEA, ambos identificados en actas, todo conforme a lo previsto en los artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo, en la cual no se trabo la litis y no existió vencimiento total de alguna de las partes, por interpretación en contrario del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-
Regístre.....