Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Autoriza Suficientemente a la ciudadana Keverlin Ayaris Coronel, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-16.774.181, en su condición de representante legal de la niña ..................................., de nueve (09) años de edad, para que retire la totalidad del dinero existente en la cuenta de ahorros Nº 0007-0065-71-0010013363, que mantiene este tribunal en el Bicentenario Banco Universal. En consecuencia, se declara extinguido el presente procedimiento. Cúmplase lo ordenado. Publíquese y Regístrese.