En orden a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano, HOMER COROMOTO GONZÁLEZ BRAVO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número, 5.208.690, contra PRODUCTOS LA FINA hoy denominada CORPORACION VENEZOLANA DE ALIMENTOS, C.A.