Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la solicitud de REGULACIÓN DE COMPETENCIA planteada por la ciudadana ADRIANA LISSETH CAMEJO MEDINA, titular de la cedula de identidad N.º V-13.593.538, asistida por la ciudadana abogada ARGELIMAR MATUTE VELIZ, I.P.S.A bajo el número 239.667, surgida en el juicio que fue denominado como Nulidad de Titulo Supletorio incoado por los ciudadanos Librada Medina de Camejo, Evelio Rafael Camejo Medina, María Antonieta Camejo Medina y María Carolina Camejo Medina, venezolanos mayores de edad, titulares de la cedula de identidad números V-5.386.632, V-10.985.822, V-10.985.821 y 11.963.594 respectivamente, contra la recurrente, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de regulación de competencia propuesto por la parte demandada y recurrent.....