En mérito a lo expuesto esta Juzgadora, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda por obligación de manutención a favor de los adolescentes SE OMITEN NOMBRES , interpuesta por la ciudadana Gladys Mercedes Gómez, contra el ciudadano José Luís Muños, todos previamente identificados.
SEGUNDO : Se establece como pensión de manutención una cantidad equivalente al 40% de un salario mínimo nacional , adicionalmente se establece un bono especial en el mes de agosto para gastos estudiantiles equivalente al 40% del salario mínimo, mientras estén cursando estudios y uno en el mes de diciembre para reposición de vestuario equivalente a un salario mínimo , estas cantidades deberán ajustarse automáticamente cada vez que se produzcan aumentos en el salario mínimo nacional , sin necesidad de requerimiento alguno , los demás gastos que pueda requerir, serán asimilados a partes.....