Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia, Tercero en Funciones de Control ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de los ciudadanos: ARYABU DE SOTO, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, en perjuicio de: PEREZ CALANCHEZ FERNANDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro 4.099.003, domiciliado en la Parroquia Candelaria, sector el consejo, calle Rómulo Betancourt, casa sin numero, tinaquillo estado Cojedes, con fundamento legal en el Art. 108 ordinal 4° del Código Penal (vigente para el momento) en concordancia con el artículo 318, Ord. 3º y el 48° ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, Así se decide. Respétese el lapso de apelación y una vez vencido remítase al archivo judicial Notifíquese a las partes se la presente decisión.
EL JUEZ DE CONTROL 03
GERARDO JOSE TORREALBA PERAZ.....