DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal, en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Califica de Flagrante la aprehensión del adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA POR DISPOSICION DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)) como presunto autor del ilícito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 272, en concordancia con el 277 del Código Penal, plenamente identificados en actas, satisfechos como están los extremos del artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal y 557 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: ordena la continuación de la presente investigación por la vía del procedimiento ordinario desarrollado en el Código Orgánico Procesal .....