-III-
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al ciudadano: CARLOS CLEMENCIO ARANGUREN MORENO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-10.986.314, con domicilio en la calle Nº 05, casa 118-03, sector Las Margaritas II, Municipio Rómulo Gallegos, del estado Cojedes, Titulo Supletorio de Propiedad sobre unas bienhechurías edificadas a sus propias expensas con dinero de su peculio personal, en un lote de terreno ejido del Municipio Rómulo Gallegos, estado Cojedes, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se especifican en la petición, .....