Por las razones de hecho y de derecho expuestas, el TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos Thairis Andreina Alvarado Manzano y José Gabriel Molina Reyes, titulares de la cédula de identidad Nº V-18.320.476 y V-17.328.242, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio Alan José Silva Farfan, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 142.653; en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía y que contrajeran ante la Prefectura del Municipio Autónomo Rómulo Gallegos, hoy Registro Civil del Municipio Autónomo Rómulo Gallegos del estado Cojedes, el 13 de diciembre de 2008.