En consecuencia, en virtud de todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: La NULIDAD POR SIMULACIÓN del contrato de compraventa celebrado por la asociación civil LAGUNA LLANO y la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA LA CASA DE LOS TECHOS, C.A., cuyo objeto fue la venta de una parcela con un área de terreno que consta aproximadamente de SETENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SETENTAY OCHO CENTIMETROS (70.296.68 M2), cuyos linderos y medidas particulares son los siguientes NORTE. Desde el punto P-1, hasta el punto PE-6, con una longitud de CIENTO SESENTA Y CINCO METROS LINEALES CON SETENTA Y TRES CENTIMETROS (165,73 Mts.) con el Ipasme; SUR: Desde el punto P-35-B hasta el punto P-1 y PE-2, con una lon.....