TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCIÓN DE LA SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: Se ordena el traslado del sancionado (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), desde su domicilio lugar donde se encuentra cumpliendo medida de arresto domiciliario, hasta C. D. I. “ JOSE FELIX RIVAS”, Consulta de Traumatología, PARA EL DIA DE HOY 3-3-09, a las 12:00 meridiana Instando a la defensa y a la representante legal del sancionado a que consignen las solicitudes con mayor antelación, ello motivado a que la constancia anexa a la solicitud, es de fecha 26 de febrero de 2009 y fue en fecha 3 de marzo de 2009 cuando se realizo la misma a este tribunal, haciendo dificultoso el traslado del mismo a la cita señalada.- SEGUNDO: Declara sin lugar el.....