IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, no habiendo oposición y sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, declara bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para acreditar a los ciudadanos WERMAN RAMON CALZADA MAVAREZ, WESLY RAQUEL CALZADA MAVAREZ Y WERMAN RAMON CALZADA CARMONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad NrosV- 30.076.694, V- 27.244.430 y V-13.183.345, respectivamenteen la cualidad de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS con vocación hereditaria sobre el acervo de los bienes dela fallecida ISABEL JOSEFINA MAVAREZ NUÑEZ (+), venezolana, mayor de edad,quien en vida fuera titular de la cédula de identidad NºV-15.486.013.
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