DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y previa lectura acordada por Secretaría estando conforme por los manifestantes, éste Tribunal de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho considera PROCEDENTE la solicitud de Separación de Cuerpos presentada por los ciudadanos VARGAS DE ANDRADE CARLOS EDUARDO y SANABRIA ROJAS RAMONA JOSEFINA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Números 14.018.008 y 14.325.482, respectivamente, domiciliados el primero de los nombrados en la Urbanización Luís Arìas Andrade ( Fundabarrios), Manzana J-8 Casa Nª 2 y 3 y la segunda en la Urbanización Luís Andrade ( Fundabarrios), Manzana H, Casa Nro 5, jurisdicción del Municipio San Carlos del estado Cojedes y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy, dos (02) d.....