V
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito judicial Penal del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento, DECLARAR INADMISIBLE por EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Abog. Daisy Marilu Castillo, Fiscal Auxiliar Octava del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal de fecha 23 de Noviembre 2016, a través de la cual decretó el Archivo Judicial, a favor del ciudadano ALEXANDER MORA ESCALANTE, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 428 literal "b" del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 440 eiusdem. Así se Declara.
Diarícese, regístrese, notifíquese, publíquese y déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Corte de Apel.....