Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso; éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos hijos del fallecido MARTIN DEL VALLE ACUÑA ARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.753.061, ANTONIO JOSÉ ACUÑA ARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-8.747.364, LUIS ARMANDO ACUÑA ARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-7.684.653, CARLOS ALBERTO ACUÑA ARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-8.755.108, NORMA JOSEFINA ACUÑA ARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N.....