En fuerza de las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda propuesta por MATERIALES SALERNO, COMPAÑÍA ANONIMA contra INDAGRA C.A. por RECONOCIMIENTO Y CUMPLIMIENTO DE SERVIDUMBRE DE PASO CONTRACTUAL. En consecuencia, PRIMERO: Se declara que la propiedad que detenta INDAGRA C.A., sobre 25 hectáreas que adquirió mediante documento protocolizado en fecha 23 de Octubre de 2002, acompañado con el libelo de la demanda en copia certificada marcada “F”, cursante a los folios 54 al 60, se encuentra limitada por la SERVIDUMBRE DE PASO CONTRACTUAL constituida por MINAS GENERALES DE SILICE C.A.., por documento protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Autónomo Falcón del Estado Cojedes, en fecha 05 de .....