En merito de las anteriores observaciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando en sede contencioso administrativa; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR LA NULIDAD CONTRA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA, interpuesta presentado por los Abg. JOSE ISAIAS ESCOBAR RIVAS Y JESUS MANUEL GARCIA PORRAS, inscritos en el IPSA bajo los Nros 107.405 y 102.713 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la firma mercantil PANADERIA, PASTELERIA Y FRUTERIA LA COCCIDENTAL C.A, contra la Providencia Administrativa Nro 0308, dictada en fecha 15 de noviembre del año 2006 expediente Nº 055-2006-01-00156), que en dicha resolución declaran con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana LISBETH YASMIN FARFAN, titular de la cédula de identidad número V-17.889.671, identificado con .....