-IV-
DECISIÓN
Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la pretensión por motivo de Interdicto de Amparo por Despojo, incoado por la ciudadana LISOLETT ANAIS YOYOTE ROJAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V – 6.257.456, de este domicilio correo electrónico lyoyotte@gmail.com, en contra de SELIM CONSTRUCCIONES C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes en fecha veintitrés (23) de agosto del año 2006, quedando anotado bajo el número 75, tomo 7 – A, representado por la ciudadana MARIELA RODRÍGUEZ DA CRUZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.770.415. SEGUNDO: .....