Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, EL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara: Improcedente medida cautelar prohibición de enajenar y gravar solicitada sobre unos bienes inmuebles, solicitada por la parte actora abogados Juan Carlos Silva Malpica y Julio Daniel Cordero Aguilar,