Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio, presentada por los ciudadanos MARIA CONCEPCIÓN VIEIRA SALGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.246.769, y ALEXANDER RAFAEL RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.993.455, debidamente asistidos para este acto por la abogada TERESA BOCANEY ROJAS, titular de la cedula de identidad N° V-5.746.304, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 217.871, con fundamento en lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia se declara el DIVORCIO de los cónyuges ya identificados, y DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía desde.....