Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso; éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos JOSÉ DEL CARMEN TOVAR TORREALBA (difunto), JOSÉ DEL CARMEN TOVAR FERMÍN, KATIUSCA DEL CARMEN TOVAR DE CASTRO, CLEDIA JOSEFINA DEL VALLE RICO FERMÍN y RUBÉN RAFAEL RICO FERMÍN, en su carácter de esposo e hijos de la fallecida, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.130.531, V-14.414.805, V-10.987.978, V-5.208.734, y V-9.537.358, respectivamente, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana GLADYS FERMÍN DE TOVAR, quien en vida era venezolana, titular de la cédula de ident.....