CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por el ciudadano DUBBLA RAMON BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-9.547.729 en contra de la ciudadana NEIDA ROSA NIÑO MATUTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.629.134, y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía desde el veintisiete (27) de diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996) hasta la presente fecha. Segundo: Se ORDENA, conforme a lo establecido en los artículos 101, ordinal 6° y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, inser.....