CAPITULO IV
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriores, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA, para conocer y decidir la presente demanda incoada por los ciudadanos ANAMELY NAIROMY BOLIVAR DE MENDOZA, y HECTOR RAFAEL PEREZ, venezolanos, mayores de edades, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.853.920 y V-5.211.494 respectivamente, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 275.375 y 78.496 en su orden, la primera domiciliada en Los Ilustres, calle principal, Torre 2, apartamento 0102, sector San Ramón, San Carlos, estado Cojedes y el segundo domiciliado en Los Ilustres, calle principal, sector San Ramón, San Carlos, estado Cojedes.....