-IV-
DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana YASBELY COROMOTO VELASQUEZ FARFAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.543.747,domiciliada en el sector Sabana Larga (Ojo de Agua), calle 4, casa S/N, Municipio Ricaurte del Estado Cojedes; el derecho de Posesión y Propiedad, sobre unas bienhechurías, ubicadasen la Avenida José Antonio Páez del Sector Mata Abdón I, colindante con el Sector Centro II del Municipio Rómulo Gallegos del Estado Bolivariano de Cojedes,cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones especifica.....