-IV-
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas del Municipio El Pao de San Juan Bautista de la Circunscripción Judicial del
Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley,
resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a las
solicitantes, ciudadanas IRMA JOSEFINA MEJIA CAMEJO Y ROSA ANGELA CARDERON
LOPEZ, en su condición de cónyuge e hija, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
del causante ciudadano Ramón de Jesús Carderon (+), con vocación hereditaria y derechos sobre
el acervo de bienes quedantes al fallecimiento de los mencionados ciudadanos, todo de conformidad
con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de
tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, dejando a salvo los derechos de ter.....