TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho considera PROCEDENTE la solicitud de Separación de Cuerpos presentada por los ciudadanos ERICKSON OSMAR PALACIOS ROJAS y NAYSBETH GERTRUDYS LOPEZ CARRASCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-20.041.517 y V-20.268.058, en su orden, y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy, veintinueve (29) de Marzo de 2016, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Así se decide.-