el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOATEGUI DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo pautado en el artículo 383, DECLARA: EXTINGUIDO el presente procedimiento por motivo de Homologación de Obligación de Manutención, presentado por las ciudadanas Leonor Páez, Angie Heredia y Yudith, en su carácter de Consejeras de Protección del Niño, niña y Adolescente del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes, asistiendo los derechos e intereses de los ciudadanos (Se omiten los nombres), de veintidós (22), dieciocho (18), y dieciocho (18) años de edad, respectivamente, a requerimiento de los ciudadanos CARMEN MARITZA CONTRERAS ESCALONA y HUMBERTO BORELLI ALVAREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.987.107 y V-10.990.423, respectivamente. En consecuencia se ordena el cierre del presente asunto y remítase mediante ofic.....