el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOÁTEGUI DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Extinguida la solicitud por motivo de Divorcio 185-A, de conformidad a lo previsto en el articulo 267, numeral 3 del Código de Procedimiento Civil presentada por los ciudadanos DICIA COROMOTO LINAREZ DE NAVAS y ERNESTO RAFAEL NAVAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.528.403 y V-1.120.840, respectivamente, la Primera domiciliada en la Urbanización 11 de Abril, calle 10, Apartadero, Parroquia Juan de Mata Suárez, Municipio Anzoátegui, estado Cojedes y el Segundo en el Barrio San Valentín, calle 4 de Febrero, Apartadero, Parroquia Juan de Mata Suárez, Municipio Anzoátegui, estado Cojedes, en consecuencia, se da por terminada y se ordena el archivo de la presente solicitud y su remisión al Arc.....